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2/19/2019

Abogados especialistas en accidentes laborales

¿QUÉ SE CONSIDERA ACCIDENTE DE TRABAJO?


Abogados especialistas en accidentes laborales

Según la ley, el accidente de trabajo es “toda aquella lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.  En todo accidente laboral se deben cumplir dos requisitos imprescindibles:
  • El trabajador/a ha sufrido alguna lesión corporal. Se entiende por lesión: una herida, golpe o enfermedad, etc. También entran las secuelas y/o enfermedades mentales.
  • Que el accidente sea ocasionado o como consecuencia de la actividad profesional.

Es importante tener en cuenta que la lesión como tal, por sí sola, no constituye accidente de trabajo de cara a la ley. Además de la anterior definición la ley también considera como accidentes de trabajo los siguientes:


Accidente “in itinere”

Son los que ocurren al ir al trabajo o al volver de éste, sin limitación horaria (pueden ocurrir fuera de tu horario laboral normal) siempre y cuando se cumpla la condición de que el trayecto sea motivado por la necesidad de acudir o volver de la actividad profesional.

Realización de tareas fuera de categoría
Accidentes producidos mientras se desempeñan tareas que no están contempladas en la actividad y categoría profesional normal del trabajador/a y siempre y cuando haya sido por pura voluntad y orden del empresario por motivos de producción.

Enfermedades Profesionales
Son aquellas contraídas por el trabajador como consecuencia de realizar su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo y esté incluida en la lista de enfermedades profesionales.

Accidentes al ejercer funciones sindicales
También se considera ‘accidente de trabajo’ los que ocurran debido al desempeño de actividades sindicales (el trabajador ocupa un cargo sindical). Así como el trayecto de ida y vuelta al lugar donde se realicen dichas actividades.

Actos de salvamento
Aquellos accidentes que tengan lugar en el transcurso de actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo, tendrán la consideración de accidentes laborales.

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